Derecho archivos - IEXE Universidad https://www.iexe.edu.mx/category/derecho/ Educación a distancia con programas 100% en línea, validez oficial SEP y reconocimiento acreditado en diversos en países. Mon, 01 Apr 2024 17:50:05 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.1.6 ¿Qué es la metafísica del derecho? https://www.iexe.edu.mx/derecho/que-es-la-metafisica-del-derecho/ https://www.iexe.edu.mx/derecho/que-es-la-metafisica-del-derecho/#comments Mon, 18 Sep 2023 22:28:34 +0000 https://www.iexe.edu.mx/?p=6026 Son las seis de la tarde en el centro de la ciudad...

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Son las seis de la tarde en el centro de la ciudad. Desesperadamente buscas lugar de estacionamiento porque tienes una cita importante y ya vas un poco atrasado. Desafortunadamente, es la hora pico y circulas sobre algunas de las calles más populares de la urbe y no hay lugares disponibles. Estás ya un poco harto de la situación y decides estacionarte en un lugar prohibido, pues no tardarás mucho.

Unos minutos después, cuando regresas por tu auto, ya te han colocado una multa y no puedes evitar pensar que el hecho es injusto. No es que no puedas estacionarte en ese lugar, porque de hecho pudiste y lo hiciste, es más bien que no te es permitido colocar ahí tu auto ¿Quién decidió prohibir ese lugar? ¿De dónde vino esa potestad? ¿Si en apariencia este lugar es igual a otros, quién y cómo decidió que era especial?

Esas son algunas preguntas provocadas por un mal rato pero que, de hecho, tienen sentido. Eso es porque muchos conceptos del derecho tienen dificultades para ser definidos dentro de los términos de lo concreto. Desde el concepto de “propiedad”, hasta el de “persona jurídica”, pasando por el de “justicia”; hay varios fenómenos que han sido discutidos y analizados desde una perspectiva metafísica. Estos conceptos, a menudo, se relacionan con las bases fundamentales o principios subyacentes del sistema jurídico.

La pregunta de si el derecho es metafísico ha sido objeto de debate durante siglos y ha generado diversas respuestas según la corriente filosófica o jurídica que lo analice. Sin embargo, para abordar esta cuestión, primero es necesario entender a qué nos referimos con “metafísico”.

La metafísica es una rama de la filosofía que se ocupa de las cuestiones fundamentales relacionadas con la naturaleza, la realidad, la existencia y el conocimiento; “del ser en cuanto ser”. Cuando se pregunta si el derecho es “metafísico”, se está indagando sobre la naturaleza fundamental del derecho y si este tiene una existencia que va más allá de lo meramente observable o empírico.

Por ejemplo, Axel Hägerström, un reconocido crítico de las concepciones tradicionales del derecho, llegó a comparar ciertas nociones del derecho con la magia. Argumentaba que las ideas tradicionales sobre esta disciplina, especialmente aquellas que se basan en conceptos metafísicos o absolutos, son ilusorias y carecen de una base real, de manera similar a cómo las creencias mágicas carecen de una base empírica.

Él sostenía que las normas jurídicas no tienen un valor o existencia objetiva en sí mismas. En lugar de eso, son expresiones de actitudes o sentimientos individuales. Si bien, comparar al derecho con la magia es una postura satírica, lo que Hägerström buscaba era una forma de destacar la naturaleza no objetiva de estas normas y de criticar las concepciones tradicionales que las tratan como entidades con existencia propia.

Tomemos como ejemplo el concepto de “propiedad”. Imagina que por alguna razón has estado muy desconectado de los más recientes acontecimientos mundiales y en pleno septiembre del 2023 decides comprar un NFT por un precio francamente exorbitante. Sin embargo, a pesar del alta suma, tienes fe en que esta será una gran inversión y transfieres la cantidad que te solicita el vendedor, o en este caso el “trader de NFT’s”.

En ese momento, de manera automática, se transfiere la propiedad de dicho NFT. Sin embargo, esto no se sostiene en la realidad objetiva; pues todo este intercambio sólo operó a nivel simbólico. No hay nada concreto que se te haya transferido.

Aún cuando esta transacción se hiciera sobre un objeto y no sobre un activo digital, la realidad material no cambia. Si con ese dinero te hubieras comprado un auto, la naturaleza del auto no se modifica cuando te lo entregan en la agencia, es decir el auto te pertenece sólo por convención social.

¿Esto quiere decir que podemos hacer cualquier cosa que se nos venga en gana como tomar lo que no es nuestro y estacionarnos en lugares prohibidos? La verdad es que no.

Volviendo sobre el ejemplo anterior, cuestionar si el concepto de “propiedad privada” es metafísico, nos lleva a explorar la naturaleza y fundamentos de la propiedad. Al igual que con el derecho, la respuesta puede variar según la perspectiva filosófica o jurídica que se adopte.

Por ejemplo, desde la perspectiva del materialismo histórico, la propiedad privada es vista como una construcción social pero también económica, que surge con determinados modos de producción. No se le atribuye una existencia metafísica, sino que se la ve como un fenómeno histórico y material.

Desde el punto de vista del realismo jurídico escandinavo, corriente que por cierto fundó Axel Hägerström, la propiedad privada es un conjunto de relaciones y expectativas protegidas por el sistema legal. Esta corriente no se enfoca en la naturaleza “inherente” o “metafísica” de la propiedad, sino en cómo se reconoce, regula y protege en la realidad.

Desde una perspectiva positivista, la propiedad privada es una creación del derecho positivo, es decir, existe porque las leyes y regulaciones de una sociedad determinada la reconocen y protegen; aún cuando no tenga una existencia más allá de esas leyes y regulaciones.

Son las 6:30 de la tarde y empieza a oscurecer, mientras manejas por la ciudad rumbo a casa, sólo puedes pensar que, en el intrincado laberinto de la vida cotidiana, nos encontramos constantemente con situaciones que nos llevan a cuestionar la naturaleza y los fundamentos de nuestras acciones y decisiones. Desde estacionarnos en un lugar prohibido hasta invertir en activos digitales, nuestras acciones están enmarcadas por normas y convenciones que, en muchos casos, parecen desafiar la lógica o la realidad objetiva. Estas normas y convenciones, que a menudo damos por sentadas, son en realidad construcciones sociales y legales que han evolucionado a lo largo del tiempo y reflejan las complejidades y contradicciones de nuestra sociedad.

La luz roja te detiene y no eres capaz de ver que estás participando en un debate milenario que ha ocupado a filósofos, juristas y pensadores de todas las épocas. Y, aunque es posible que no encuentres una respuesta definitiva, el simple acto de cuestionar y reflexionar es, en sí mismo, un paso valioso en el camino hacia una comprensión más profunda de nosotros mismos y del mundo que nos rodea.

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Legislación ante el acoso escolar, ¿estamos a punto de erradicarlo? https://www.iexe.edu.mx/blog/legislacion-ante-el-acoso-escolar-estamos-a-punto-de-erradicarlo/ https://www.iexe.edu.mx/blog/legislacion-ante-el-acoso-escolar-estamos-a-punto-de-erradicarlo/#comments Fri, 21 Apr 2023 23:10:23 +0000 https://www.iexe.edu.mx/?p=5271 Los centros educativos, como las escuelas, son el espacio inequívoco para interactuar y generar relaciones sociales...

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Los centros educativos, como las escuelas, son el espacio inequívoco para interactuar y generar relaciones sociales, sin embargo, en las últimas décadas, el tipo de intercambios que tienen lugar son más violentos que pacíficos, nos referimos al acoso escolar, dejando atrás la idea por excelencia de que estos espacios son el semillero de cohesión social de nuevas generaciones.

Lejos de erradicar las manifestaciones de acoso escolar en las escuelas alrededor del mundo, lo que sí se está logrando es el esclarecimiento de legislaciones y herramientas para prevenirlo. Comencemos por definir qué es el también denominado bullying, se trata de una forma de maltrato, intencionado y perjudicial de un estudiante, o grupo de estudiantes, hacia otro compañero, generalmente más débil, al que convierten en su víctima habitual; suele ser persistente, puede durar semanas, meses e incluso años. Se trata de un abuso de poder y un deseo de intimidar y dominar.

Puede presentarse como agresión física, directa o indirecta; de manera verbal; en agresión indirecta o social; y excluir a alguien del grupo social. A su vez, puede ser presencial o directa, y también mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información.

El avance exponencial de la tecnología hace que esta nueva forma de acoso escolar, en lugar de disminuir, predomine en diferentes niveles de educación. De acuerdo a González (2017), la violencia se adapta a los elementos que la cultura pone a su disposición, es así como el uso de redes sociales e interacción web 4.0, es un canal para realizar ciberbullying o ciberacoso. Un desafío para las escuelas en estos tiempos, debido al masivo acceso y contacto permanente tanto por niños como adolescentes.

Por ello, es importante que se nombre y asuma este tipo de acoso también como algo propio y responsable de la comunidad escolar, para que no se permita ni se acepten situaciones de abuso, maltrato y humillaciones tanto en las aulas, como en cualquier otro espacio real o virtual donde interactúan los estudiantes.

Especialistas como González (2017), aseveran que las consecuencias del acoso escolar afectan a todos los estudiantes, pero especialmente al agredido, pues sus efectos interfieren en todas las esferas del estudiante victimizado: escolar, afectiva, personal, y mental. Las incidencias repetidas hacen que se sientan infelices, inseguros e incluso llegan a somatizar el alto nivel de ansiedad en el que viven.

Ahora bien, cuando estos episodios y actos ocurren en las escuelas, ¿quién tiene la responsabilidad civil y penal ante el acoso escolar? De acuerdo a la legislación de cada país, los casos de bullying son canalizados para atenderse, ya sea mediante las políticas escolares o las leyes correspondientes a cada comunidad. Veamos a continuación más detalles sobre esto.

Acoso escolar a nivel internacional

En España, se aplican las Normas de convivencia en las escuelas públicas y existe un marco legal para garantizar el derecho de los alumnos y promover el cumplimiento de sus deberes (Cerezo, 2018). Asimismo, se hizo obligatorio que las escuelas contaran con Planes de Convivencia Escolar que garanticen la plena integración de todos los alumnos. La responsabilidad de las escuelas estriba en garantizar espacios seguros para los menores. En dado caso de suscitarse un acto de acoso escolar, la ley puede considerar que el centro incurre en un delito de negligencia y realizar una reclamación judicial.

La investigadora Noelia Rebón (2011), documentó un caso de intervención judicial en España ante una situación de bullying, donde analiza la demanda de juicio declarativo ordinario, dirigida contra un centro escolar, solicitando que otorgue un pago de cierta cantidad de euros a los padres de un alumno. La demanda se fundamenta en los siguientes hechos:

Como se observa en los anteriores hechos, al no haber dado seguimiento y cumplimiento de la vigilancia en la escuela donde ocurre el acto de bullying, la instancia puede ser sancionada para pagar una indemnización, todo ya que está plasmado en la legislación española.

¿Qué acciones toman los organismos internacionales?

En su caso, la UNESCO manifiesta que se requiere de un fuerte liderazgo político y marcos jurídicos y normativos. El enfoque global de la educación considera que el papel de los líderes a todos los niveles, desde el nivel nacional hasta el escolar, es fundamental para promover una respuesta eficaz a la violencia y el acoso en la escuela. También señala la necesidad de contar con leyes y políticas sólidas, en especial políticas a nivel escolar, para prevenir y abordar la violencia y el acoso.

En los artículos del 10 al 13, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de las Naciones Unidas, se aborda el tema de la igualdad de derechos en la esfera de la educación. El Pacto reconoce el derecho de toda persona a la educación, el cual debe orientarse hacia su pleno desarrollo y del sentido de la dignidad, debe fortalecer el respeto por los derechos humanos como las libertades fundamentales, con tolerancia. En ese contexto, en cumplimiento del Pacto debe regularse el acoso escolar, aunque no se exprese de manera explícita.

Políticas públicas contra acoso escolar en México

Es importante entender que la violencia es una construcción social y no un fenómeno natural, por lo tanto, siempre se puede evitar y no es parte inherente del ser humano. Conducir y educar para resolver conflictos, los cuales se dan por relaciones de dominación y subordinación entre personas, sin llegar a la violencia, es también tarea de las escuelas y los docentes.

En el Marco Jurídico Nacional, los objetivos del artículo tercero de la Constitución Política Mexicana, establece que se debe crear un ambiente de desarrollo armónico, de lucha en contra de los prejuicios, de respeto y tolerancia.

Asimismo, en la Ley General de Educación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 1993, indica que se regulará la educación que imparte el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, y en su artículo 7º fracciones VI, XV y XVI se indica que:

Además, existe un capítulo llamado Equidad en la Educación, donde se establece que serán las autoridades educativas quienes tomen medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos, sin hacer mención al acoso escolar.

Aunque la discriminación, la no violencia y la eliminación de estereotipos coadyuvan en la lucha contra el bullying, la ley no contempla el tema, lo cual de igual forma se aprecia en las leyes de los estados que de manera armónica a la federal no tocan el tema.

La Ley de Seguridad Integral Escolar para el Estado libre y soberano de Puebla, consta de 59 Artículos; su Título Tercero, “Violencia, Hostigamiento y Acoso escolar”, cuenta con el Capítulo II, sobre el Manual de Convivencia Escolar; el Capítulo III de la Capacitación; y el Capítulo IV de la Denuncia, su Seguimiento, Revisión y de los Servicios de Apoyo.

González, J.L. (2017) manifiesta que las políticas públicas sobre acoso escolar se dirigen en mayor medida a la educación básica y media, ya que en estos niveles es donde se presenta el problema con mayor intensidad. Para otros grados como el medio superior y superior no se tienen aún contempladas acciones públicas sobre el tema del acoso escolar.

Apps móviles que ayudan a combatir el acoso escolar

Ante el panorama de diferentes casos de acoso escolar a nivel global, el uso de IA y nuevas tecnologías puede ser un aliado valioso para prevenir y combatir este problema. A continuación, te contamos sobre 5 apps:

  1. ReThink: se trata de una plataforma que detecta y detiene el acoso cibernético antes de que el daño esté hecho. Su tecnología ayuda a detectar contenido ofensivo, al preguntar a los niños si realmente quieren publicarlo. Las investigaciones muestran que cuando se alerta a los adolescentes para que “reconsideren” su decisión, cambian de opinión 93% de las veces. Está disponible en línea y en apps para Android e iOS.
  2. B-resol: esta herramienta está disponible en una app que se descarga de manera gratuita desde la App Store y Google Play. Con ella pueden alertar a los usuarios sobre cualquier tipo de conflicto como bullying, ciberbullying, acoso, trastornos alimentarios, y más.
  3. DetenteApp: permite crear cuentas para instituciones y personas en las que cualquiera puede denunciar de manera sencilla un caso de acoso escolar. Permite introducir texto, video o fotos para que la autoridad escolar o los padres accedan a ellas y tomen cartas en el asunto.
  4. Andrea: permite a los chicos y cualquier persona alertar a las autoridades o a los responsables de familia y las escuelas sobre algún caso de bullying o ciberbullying. La denuncia se hace de forma anónima e incluso tiene la opción de abrir un chat anónimo, donde serán atendidos por profesionales educativos.
  5. NanoCurso: en este curso se describen las características del bullying, los perfiles emocionales, sociales y familiares de los niños implicados en él. También se explica con detalle cuáles son las señales de alarma que pueden hacer pensar a padres y/o educadores que un niño está implicado en una situación de bullying para que sean capaces de hacer una detección de este problema.

Ante este problema multifactorial, donde la familia, la sociedad, medios de comunicación y docentes están involucrados en el proceso formativo de un menor, es importante tomar acciones conjuntas, primero con el establecimiento de legislaciones y políticas para detectar, prevenir y combatir los casos de bullying. Pero también es importante, alentar una sana convivencia, señalando que todas las personas aportan un elemento sustancial en la configuración de un ecosistema social, donde cada uno con sus diferencias y diversidades son bienvenidos y no debe existir conflicto por ello.

Como los especialistas señalan, la gestión de la disciplina y la convivencia, con normas claras y en las que los alumnos participen, se va construyendo día a día, pero es de suma importancia que los docentes estén preparados ante estas problemáticas y saber cómo enfrentar los desafíos de casos de ciberacoso utilizando las nuevas tecnologías.

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Abogado Robot: DoNotPay defenderá a un acusado en un juicio real https://www.iexe.edu.mx/blog/abogado-robot-donotpay-defendera-a-un-acusado-en-un-juicio-real/ https://www.iexe.edu.mx/blog/abogado-robot-donotpay-defendera-a-un-acusado-en-un-juicio-real/#comments Fri, 03 Feb 2023 14:30:33 +0000 https://www.iexe.edu.mx/?p=4600 Este febrero de 2023, el servicio de inteligencia artificial DoNotPay dará un paso adelante para convertirse en el primer “robot abogado” en defender a un acusado en un juicio real en los Estados Unidos...

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Este febrero de 2023, el servicio de inteligencia artificial DoNotPay dará un paso adelante para convertirse en el primer “robot abogado” en defender a un acusado en un juicio real en los Estados Unidos. Aunque la utilización de tecnologías en los juicios está prohibida en la mayoría de los tribunales, DoNotPay busca colarse a través de algunas cortes que permiten ayudas externas a través de bluetooth.

DoNotPay: De Chatbot a Robot Abogado

Creada en 2015 por Joshua Browder, DoNotPay ha sido utilizada por más de 2 millones de usuarios para evadir multas de aparcamiento, reclamar comisiones bancarias, negociar con proveedores de internet y demandar robos. Ahora, este servicio de inteligencia artificial dará el salto para actuar en directo en un juicio real. En este caso particular, se tratará de una multa de tráfico y DoNotPay ofrece cubrir los costes en caso de perder el juicio.

Uso de Auriculares en los Tribunales

El mecanismo para comunicarse con el acusado es a través de auriculares y el abogado humano repetirá exactamente lo que la IA de DoNotPay le dicta. Sin embargo, el uso de comunicaciones externas está prohibido en la mayoría de los tribunales, aunque algunos permiten la ayuda a través de bluetooth. De los 300 casos considerados inicialmente, sólo en dos cortes se considera “posiblemente legal” el uso de DoNotPay.

Desafío a la Justicia Rígida

DoNotPay ha levantado 27,7 millones de dólares en varias rondas de financiación de inversores como Andreessen Horowitz y Crew Capital. Aunque el uso de la IA en la justicia es una propuesta ambiciosa en un ecosistema rígido, la justicia europea está abierta a su uso, según asociaciones como la Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia (CEPEJ). Países como Estonia ya han adoptado soluciones basadas en IA en su sistema de justicia.

Desafíos Éticos y de Privacidad

Sin embargo, la IA plantea importantes dudas éticas, especialmente en cuanto a la privacidad de los testigos y quién tiene acceso a las conversaciones. El secreto que rige en los juicios puede verse amenazado con el uso de estas tecnologías. Por ello, DoNotPay no ha revelado detalles sobre el juicio ni su fecha exacta para evitar su anulación o bloqueo antes de producirse.

¿Qué piensa la comunidad jurídica sobre el uso de la inteligencia artificial en el derecho?

El uso de la inteligencia artificial en el derecho sigue siendo un tema polémico en la comunidad jurídica. Por un lado, hay abogados que ven el potencial de la IA para ayudar a resolver casos de manera más rápida y eficiente. Por otro lado, hay algunos críticos que temen que la IA pueda reemplazar a los abogados humanos y que no pueda comprender completamente la complejidad de ciertos casos legales que requieren enfoques humanos.

Es importante tener en cuenta y recalcar que la IA no es un sustituto para los abogados humanos, sino más bien una herramienta que puede ayudarlos en su trabajo. La IA puede ayudarlos a analizar grandes cantidades de datos y a identificar patrones y tendencias que de otra manera serían imposibles de detectar al momento del juicio.

Además, el uso de la IA en el derecho también puede ayudar a garantizar la igualdad ante la ley, ya que puede ayudar a los abogados a identificar casos injustos y a corregir errores.

El uso de la inteligencia artificial en el derecho puede tener muchos beneficios y mejorar el sistema de justicia en muchos aspectos. Sin embargo, es importante seguir investigando y evaluando cuidadosamente su impacto en el derecho antes de adoptarla de manera masiva.

El objetivo de DoNotPay es democratizar la representación legal, haciéndola accesible y gratuita para aquellos que no pueden pagarla y, en algunos casos, eliminando la necesidad de contratar abogados costosos. Con la implementación de tecnología en el sector legal, su intención es poner estas herramientas al alcance de la población en general, en lugar de que solo las grandes empresas tengan acceso a ellas.

Sin embargo, debido a la ilegalidad de esta tecnología en muchos tribunales, no se espera que el producto sea comercializado en un futuro próximo. Al anunciar la aparición del abogado robot de DoNotPay ante el tribunal, Browder enfrentó amenazas por parte de abogados y recibió advertencias de posible encarcelamiento.

La carrera de Derecho en América Latina y la inteligencia artificial en América Latina

Argentina

En noviembre de 2017, se lanzó Prometea en Argentina, una solución de inteligencia artificial diseñada para mejorar la eficiencia y la calidad del trabajo en el sistema de justicia. Prometea automatiza tareas repetitivas y utiliza IA para generar dictámenes jurídicos basados en casos similares y precedentes judiciales.

Este proyecto fue el resultado de la colaboración entre la Fiscalía General Adjunta en lo Contencioso Administrativo y Tributario del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y expertos en IA. La implementación de Prometea se enmarcó dentro del Plan Estratégico de la Fiscalía, como una acción proactiva para mejorar la eficiencia y la calidad del trabajo de la entidad.
El funcionamiento de Prometea funciona gracias a una estructura de tres capas que permite flexibilidad y actualización continua, esta arquitectura consta de:

Interfaz de Usuario: donde los usuarios interactúan directamente con el sistema y proporcionan información e instrucciones.
Lógica Empresarial: donde se definen las reglas funcionales para procesar la información.
Acceso a Datos: a diferencia de otros sistemas, Prometea no almacena datos específicos. En esta capa se encuentran los protocolos para acceder a datos compartidos por otros sistemas o disponibles en línea.

Colombia

El sistema PretorIA, un innovador apoyo a la Corte Constitucional, es un sistema revolucionario para el apoyo a la Corte Constitucional de Colombia en su tarea de protección de los derechos fundamentales. Inspirado en la exitosa experiencia argentina de Prometea. PretorIA tiene como objetivo principal ayudar al tribunal en la selección de tutelas judiciales. Con la capacidad de agrupar, analizar y clasificar información de más de 2,500 sentencias diarias, la Corte Constitucional cree que PretorIA es un valioso recurso para mejorar la eficiencia y la precisión en su trabajo.

El objetivo principal de PretorIA es mejorar la eficiencia en la selección de casos de tutela en la Corte Constitucional. Para lograr esto, ofrece una serie de herramientas avanzadas, incluyendo:

• Clasificación de casos basados en criterios establecidos previamente.
• Búsqueda de información relevante en los expedientes.
• Generación automática de resúmenes concisos sobre los criterios presentes en una sentencia.
• Generación de datos estadísticos.

La Corte Constitucional ha establecido una lista de criterios no exhaustivos para la selección de casos, incluyendo criterios objetivos, subjetivos y complementarios. Estos incluyen consideraciones como la jurisprudencia, la urgencia de proteger derechos fundamentales, la lucha contra la corrupción y la preservación del interés general.

Conclusión

El primer “abogado robot” de DoNotPay es un caso pionero y polémico que muestra el potencial de la inteligencia artificial en el derecho. Aunque la comunidad jurídica aún está dividida sobre su uso, la IA puede tener un impacto positivo en el sistema de justicia si se utiliza de manera responsable.

Es importante continuar evaluando cuidadosamente el impacto de la IA en el derecho y debatir abiertamente sobre cómo podemos aprovechar su potencial para mejorar el sistema de justicia y garantizar la igualdad ante la ley para todos sin perder trabajos y sin dejar de lado el punto de vista humano.

 


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¿En qué consiste el nuevo modelo nacional de seguridad pública y justicia cívica? https://www.iexe.edu.mx/derecho/en-que-consiste-el-nuevo-modelo-nacional-de-seguridad-publica-y-justicia-civica/ https://www.iexe.edu.mx/derecho/en-que-consiste-el-nuevo-modelo-nacional-de-seguridad-publica-y-justicia-civica/#respond Sun, 05 Sep 2021 19:42:34 +0000 https://iexe.edu.mx/?p=1259 El estado de la seguridad pública es un tema que afecta la vida cotidiana de los ciudadanos...

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El estado de la seguridad pública es un tema que afecta la vida cotidiana de los ciudadanos. El incremento general de los delitos cometidos modifica el comportamiento de la gente provocando que, por ejemplo, eviten salir por las noches, cambien su domicilio, destinen recursos a la contratación de sistemas de seguridad privada, entre otras cosas; pero sobre todo, ocasiona que las personas observen con recelo el actuar de las instituciones procuradoras de justicia.

En este contexto nace el Modelo Nacional de Seguridad Pública y Justicia Cívica, presentado en 2019 en la reunión del Consejo Nacional de Seguridad Pública bajo la batuta de Andrés Manuel López Obrador (Instituto para la Seguridad y la Democracia [Insyde], 2019), pero ¿en qué consiste este modelo?

Hay que empezar diciendo que el modelo busca fortalecer a los actores del Estado que guardan una relación más cercana con los ciudadanos, es decir, a las policías municipales y estatales; asimismo, pretende articular de manera efectiva la cooperación entre estas y la Guardia Nacional en aquellos municipios más poblados y cuya capacidad institucional lo requiera (Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, 2020).

En otros términos, se pretende dejar atrás la imagen de la policía represora, para dar paso a la de una autoridad que realmente facilita la vida social, a través de acciones concretas encaminadas al desarrollo pleno de las funciones y facultades de las policías y, por supuesto, a disminuir la inseguridad.

Para mejorar el desempeño de la policía, entre otros aspectos, el modelo propone una metodología para definir el estado de fuerza idóneo de cada municipio, establecer turnos de trabajo de 10 a 12 horas laborales por 24 horas de descanso, con el fin de lograr el desarrollo de la máxima capacidad y la vida familiar de la policía; así como reforzar las habilidades para la solución de problemas y el factor de proximidad social, mediante el Programa Rector de Profesionalización.

Por su parte, para disminuir la inseguridad, el modelo acentúa la prevención del delito utilizando como vía el desarrollo de un Sistema de Justicia Cívica y de programas de trabajo en beneficio de la comunidad. Detrás de esta estrategia yace la certeza de que la principal fuente de inseguridad pública está en las faltas administrativas y delitos factibles de atender por los policías locales y la Justicia Cívica.

Bajo esta línea, la Justicia Cívica implica solucionar conflictos por medio de intervenciones realizadas oportunamente para evitar que los problemas sociales trasciendan a delitos. Este componente, por lo tanto, pone particular atención en conductas de riesgo como alcoholizarse o drogarse en la vía pública, participar en riñas o conducir alcoholizado, sancionándolas con multas, arrestos y, especialmente, con trabajo comunitario.

Este último, incluye programas orientados al reconocimiento del daño provocado por la falta, la compensación a la sociedad de este al recibir terapias o efectuar tareas a favor de la sociedad, así como la observación de las personas conflictuadas con la ley para precaver la reincidencia o el escalamiento a actividades delictivas.

En síntesis, con el Modelo Nacional de Seguridad Pública y Justicia Cívica las funciones policiales se reconfiguran, abarcando la atención a víctimas, la recepción de denuncias y la investigación, entre otras.

Vale la pena resaltar que, para el tránsito del modelo anterior a este, se requiere medir y evaluar el desempeño de los cuerpos policiales con base en resultados y un sistema de financiamiento sostenible, componentes sobre los cuales también hace relieve el modelo en cuestión.

Si estas interesado en el área de la seguridad pública, podrías especializarte con los posgrados especializados en esas áreas.

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El juicio de Jesús: un repaso al debido proceso https://www.iexe.edu.mx/derecho/el-juicio-de-jesus-un-repaso-al-debido-proceso/ https://www.iexe.edu.mx/derecho/el-juicio-de-jesus-un-repaso-al-debido-proceso/#comments Sat, 04 Sep 2021 19:29:13 +0000 https://iexe.edu.mx/?p=1188 La vida, pasión y muerte de Jesús de Nazaret, Jesucristo o Cristo...

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La vida, pasión y muerte de Jesús de Nazaret, Jesucristo o Cristo, son conocidas universalmente y son considerados como algunos de los hechos históricos más importantes. Uno de los hitos icónicos de este personaje tiene que ver con su juicio, probablemente el más transcendental en la historia de la humanidad.

Desde el punto de vista teológico, la pasión, muerte y resurrección de Cristo, consumó “la redención de los pecados del mundo”, hecho que, las religiones Abrahámicas, estiman como un plan decidido por Dios.

Sin embargo, dejando de lado la teología, desde el punto de vista del derecho procesal, el jurista Ignacio Burgoa Orihuela opina que en el proceso que se le siguió a Jesús, ocurrieron una serie de elementos violatorios al debido proceso legal que culminó con la ejecución de una pena de muerte.

Antes del juicio de Jesús, ¿qué es el debido proceso?

En la doctrina mexicana, se entiende por debido proceso al conjunto de condiciones y requisitos de carácter jurídico y procesal que son necesarios para poder afectar legalmente los derechos de los gobernados (Zamudio, 1999).

Los derechos fundamentales particulares relacionados con y derivados del debido proceso son: acción judicial y acceso a los tribunales; derecho a un juicio justo y público; defensa; derecho a la prueba directa o contraprueba de lo que se acusa; independencia e imparcialidad de los jueces; discusión de los asuntos prevalentemente orales; audiencia pública; impugnaciones; amparo; entre otros.

El acusado

Jesús fue un predicador nacido en la provincia de Judea, que creció en el seno de una familia judía en un período en el que la tierra de Israel se encontraba conquistada por el imperio romano, bajo el mando de Tiberio Julio César.

En aquella época, el imperio concedía a las autoridades religiosas judías, (conocidas como el sanedrín, conformado por 71 miembros del pueblo de Israel) el derecho de administrar justicia entre el pueblo según sus propias leyes, pero no les confería el derecho legal para ejecutar a los delincuentes y sólo tenía poder para castigar la blasfemia mediante lapidación, decapitación y degüello.

Según el relato bíblico, fue el sanedrín quien arrestó a Jesús, debido a que a estos les incomodaba la predicación del nazareno.

El proceso

Cuando arrestaron a Jesús, nadie había imputado cargos en su contra. Fue hasta que lo detuvieron que los sacerdotes y el Sanedrín buscaron testigos:

Y los principales sacerdotes y todo el Concilio[a] procuraban obtener falso testimonio contra Él, con el fin de dar muerte a Jesús, y no lo hallaron a pesar de que se presentaron muchos falsos testigos. Pero más tarde se presentaron dos. Mateo 26:59

Burgoa Orihuela señala que los procesos de este tipo eran sometidos a la jurisdicción del sanedrín, que hacía la función de juez en cada ciudad de la tierra de Israel.

De acuerdo con el jurista, los procesos judíos integraban los principios de:

  1. Diurnidad: que señalaba que los procesos debían llevarse a cabo completamente en el día, antes de la puesta del sol.
  2. Publicidad: que disponía que las sesiones debían realizarse en una plaza pública.
  3. Garantía de audiencia: que permitía al acusado la posibilidad de defenderse, por sí o a través de cualquier persona judía, y
  4. Misma pena para falso testimonio: que señalaba que el testigo que declarara en falso era merecedor de la misma pena correspondiente al delito calumniosamente imputado.

Las irregularidades

Jesús fue acusado y procesado por el sanedrín por delitos religiosos, específicamente por sacrilegio o profanación de lo sagrado. En el orden jurídico hebreo, este delito era sancionado con la pena de muerte por crucifixión.

Burgoa señala que se violaron los principios de diurnidad y de publicidad, debido a que el proceso y la sentencia no fueron realizados durante el día en la plaza pública, sino que se hicieron durante la noche en la casa de Anás y fue interrogado además por Caifás, ambos sumos sacerdotes.

Asimismo, se violó el principio de misma pena para falso testimonio debido a que Nicodemo, otro miembro del sanedrín, habría interrogado minuciosamente a los dos testigos presentados contra Jesús, haciéndolos caer en contradicciones y, a pesar de ello, estos habrían logrado escapar sin merecer la pena correspondiente por testificar calumniosamente (Mateo 26: 61-68).

Al encontrarse bajo el régimen del Imperio romano, las sentencias de muerte debían ser homologadas por el gobernador designado por el emperador en la provincia respectiva, según lo señalado por el derecho romano, que en ese momento era Poncio Pilatos. Así, una vez sentenciado, Jesús fue llevado ante la presencia de Pilatos, a efecto de que éste homologara la sanción impuesta por el sanedrín y ordenara su ejecución.

El autor señala a este segundo suceso como el segundo proceso al que fue sometido Jesús. En un primer momento, Pilatos se negaba a dictar la sanción impuesta por el sanedrín, debido a que no estaba convencido de la culpabilidad del imputado. Dado lo anterior, Pilatos determinó no resolver este asunto, alegando que, al ser Jesús un galileo, la sanción correspondía al tetrarca de Galilea, Herodes Antipas, quien era hijo de Herodes I.

Herodes recibió a Jesús, pero únicamente se burló de él, según el relato bíblico, al considerarlo como un loco, y, por este mismo motivo, se negó a juzgarlo. Así, la incompetencia de dictar sanción por razón de territorio no surtió efecto para Pilatos por lo que tuvo que recibir a Jesús nuevamente.

Pilatos ordenó flagelar al imputado y ponerle una corona de espinas a efecto de poder “sancionar” a Jesús como lo buscaba el sanedrín, sin embargo, el pueblo exigiría la pena capital.

Al verse presionado tanto por las autoridades religiosas como por el pueblo, Pilatos sentenció que Jesús era culpable del delito de subversión contra el imperio romano, debido a que se autonombró “rey de los judíos”, que resultaba ajeno al orden establecido por el imperio de Tiberio Julio César. En consecuencia, Pilatos ordenó ejecutar la pena de muerte por crucifixión no sin antes lavarse las manos e indicar que dicha muerte no sería su responsabilidad.

Burgoa señala que el delito por el que finalmente se crucificó a Jesús fue por el de subversión[1] y no por el de sacrilegio, es decir, murió a causa de un delito político y no por un delito religioso como pretendía el sanedrín, y esto se consta pues, de acuerdo con la tradición romana, en la cruz del sentenciado se colocaba el titulus, una tablilla en la que se especificaba el motivo de la condena. En este caso, Pilatos ordenó poner en la cruz de Jesús la inscripción de “Jesús de Nazaret, rey de los judíos”, con lo cual se hizo referencia al delito político por el cual Pilatos lo sentenció a muerte.

El jurista determina que fue un juicio que se oponía por completo a las reglas de la ley hebrea y a los principios de justicia y que el proceso estuvo lleno de ilegalidades e irregularidades; debido a esto, que el resultado fue, “a todas luces”, una violación al debido proceso que se establecía en aquella época.

De este modo, y desde el punto de vista contemporáneo, el juicio de Jesús puede tener un nuevo acercamiento para su estudio.

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Doloroso y problemático: el espinoso comienzo del México post-independiente https://www.iexe.edu.mx/top-entradas/doloroso-y-problematico-el-espinoso-comienzo-del-mexico-post-independiente-2/ https://www.iexe.edu.mx/top-entradas/doloroso-y-problematico-el-espinoso-comienzo-del-mexico-post-independiente-2/#comments Sat, 04 Sep 2021 00:06:29 +0000 https://iexe.edu.mx/?p=1109 Consumada la independencia, y una vez disipada la amenaza de una invasión española de reconquista...

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Consumada la independencia, y una vez disipada la amenaza de una invasión española de reconquista, el México post-independiente se convirtió en un estado libre y soberano y, con ello, comenzó un gran cambio a nivel económico, político, de estructuras sociales y de creencias.

Fueron alrededor de 11 años de incertidumbre en los que muchos actores lucharon por intereses propios o comunes, que dieron como resultado la independencia de México y pie a otra era. Las consecuencias de años de inestabilidad, guerra y opresión se hicieron visibles en todos los rincones de la nueva nación.

Aunque el movimiento independentista resultó triunfador y esto acercó a los mexicanos a la tan preciada libertad, la realidad es que la recién formada “nación” quedó sumida en una crisis que afectó a todos los ámbitos necesarios para propiciar y mantener su desarrollo.

De este modo, el territorio, la economía, el ámbito político y social del México post-independiente, sufrieron profundas crisis que tardaron décadas en ser subsanadas.

Ámbito territorial

Las fronteras nacionales de México se establecieron sobre las divisiones administrativas coloniales, a las cuales se agregaron nuevas entidades como Yucatán y las provincias de Centroamérica. Sobre este vastísimo territorio, la Independencia se consumó de acuerdo a los proyectos de una minoría aristocrática localizada en el centro del país, en contradicción con grupos minoritarios que aspiraban a una transformación más efectiva, pero que estaban localizados en puntos remotos y que subsistían bajo formas de organización del periodo anterior a la conquista. Basado en una estructura social multisecular y compleja, el desafío de los proyectos de construcción del país durante esa época fue el de organizar un estado capaz de conjugar las particularidades manifiestas en la multitud de tradiciones, grupos étnicos, culturas y regiones geográficas. El rompimiento político con España no modificó las características de la sociedad colonial que permaneció con su profunda fragmentación de la sociedad real: incomunicada, estratificada, dividida en gremios, aislada o protegida por diversos fueros; regionalizada y sin otros poderes centralizados más que los de la Iglesia y el ejército. El espacio geográfico de 1821 difícilmente podía ser considerado como un Estado sólido y mucho menos como una nación. Los distintos poderes regionales que se repartían en el territorio estaban caracterizados, igual que el gobierno central, por una gran fragilidad promovida por la difícil transición entre la vieja estructura administrativa española y el nuevo marco institucional de la etapa independiente, provocando que múltiples estados intentaran iniciar una vida independiente. Dos consiguieron su autonomía política momentánea, pues después volvieron a formar parte de México: la República de Yucatán y la República de Río Grande; mientras que otros dos consiguieron separarse definitivamente: Texas se unió a los Estados Unidos y la Capitanía General de Guatemala se convirtió en la República Federal de Centro América.

Ámbito económico

Al terminar la Independencia, México estaba sumido en una profunda crisis económica. La guerra había reducido la mano de obra de los sustentos económicos, se estima que al menos un sexto de la población había perecido en las batallas y las víctimas eran, por estadística, principalmente hombres, en quienes recaía la mayor parte de las labores físicas, tales como la agricultura y la minería, principal fuente de riqueza del país. Tal falta de mano de obra influyó en la disminución de los productos alimenticios. Además, la cantidad de cuerpos en los campos de batalla y el hacinamiento en las trincheras, propiciaron enfermedades infecciosas que sumieron aún más al pueblo en la miseria. El nuevo gobierno había heredado la deuda externa contraída para solventar el sueldo de los soldados, las armas y todos los gastos de la guerra. Se intentó levantar la economía con estrategias mercantiles, pero al fracasar estas, se tuvo que recurrir a medios drásticos, como la disminución de impuestos a los inversionistas y la subasta de propiedades de la Iglesia. Después de todo, esta última era quien más poseía bienes y privilegios gracias al favor de los reyes católicos de España. El comercio interno fue de las pocas actividades económicas que tuvo cierto éxito, permitiendo que algunas clases sociales, como los mestizos, prosperaran. Sin embargo, pronto se vivió un estancamiento económico por falta de infraestructura de transporte y por el alto índice de violencia que reinaba en las zonas rurales. De igual forma, la Independencia rompió los débiles vínculos de intercambio económico presentes en el antiguo virreinato. El México post-independiente se encontró con una ausencia total de mercados internos que conformaran el sistema económico, además de otras economías pobres con quien no era conveniente comerciar. Estos factores empujaron al país al borde de la miseria, lo que provocó que se recurriera a los ingleses para solicitar un préstamo que sólo ayudó por un periodo corto y que no logró inyectar el auge esperado a la explotación de minas, este fue el origen del endeudamiento externo del país.

Ámbito político

Entre 1821 y 1851, el país tuvo más de 20 gobernantes, esto fue provocado por los incesables golpes de estado, en gran medida producto de la falta de un plan establecido sobre qué sería de México. El país vio sus primeros años de libertad dirigido por Agustín de Iturbide quien, a pesar de haber apoyado abiertamente la Independencia, poco después tramó y logró su nombramiento como emperador. Sin embargo, el cambio no duró mucho, pues Antonio López de Santa Anna, apoyado por Vicente Guerrero y Nicolás Bravo, se levantó en armas y logró llegar al poder sólo 10 meses después. México no estaba listo para dejar las revueltas y los años siguientes estuvieron llenos de luchas por el poder, que terminaron por diferenciar a dos grupos: realistas y conservadores. Los realistas, eran apoyados por Estados Unidos y tenían como objetivo hacer cambios radicales en la estructura social por medio de una república democrática y representativa para todas las clases sociales, dentro de los cambios que buscaban promover se encontraban los siguientes: 

  • Establecer 3 poderes: ejecutivo, legislativo y judicial.
  • Permitir la libertad de credo.
  • Garantizar las libertades individuales.
  • Separar a la Iglesia del estado e incautar sus bienes.
  • Que los crímenes del ejército sean juzgados con equidad.
  • Que la educación estuviera al alcance de todos.
  • Los conservadores eran apoyados por las clases privilegiadas, el ejército, España y Francia, y sus objetivos eran:
  • Continuar los privilegios de los ricos.
  • Instituir una monarquía centralista con los estados como departamentos.
  • Permitir los privilegios del clero y prohibir la libre elección de religión.
  • Que la iglesia proveyera la educación para eliminar las ideas liberales desde su raíz.
  • Que la educación estuviera disponible sólo para ricos.

Las batallas entre las dos facciones volvieron a sumir al país en el descontrol, muchas de las provincias de Centroamérica se separaron, y el congreso nombró un “triunvirato” en el que recaería el poder mientras se convocaba a una asamblea nacional. Además, en 1824, se publicó una constitución fundamental de 36 artículos, que establecían que el país sería gobernado representativa y popularmente como una república federalista. Se dio poder y soberanía a los estados para que, aun siendo parte del país, tuvieran sus propios gobiernos y legislaciones; esta fue la base para los gobiernos federales actuales del país.

México post-independiente

Ámbito social

A pesar de que el pueblo era libre de la opresión española, las clases sociales permanecieron marcadas. Los ricos y hacendados continuaban teniendo privilegios y los pobres vivían en la penuria, víctimas del hambre y del analfabetismo. El crecimiento del número de habitantes fue lento, pues la tasa de supervivencia de recién nacidos era muy baja y la de mortalidad por infecciones y enfermedades muy alta; pues la guerra había hecho estragos y las condiciones de vida eran deplorables. Además, el intento de desarrollo económico concentró las industrias en las grandes ciudades y capitales, lo que provocó una migración en masa hacia las urbes y dejó el campo sin mano de obra. Dichos nuevos asentamientos hicieron crecer las ciudades mucho más rápido de lo que permitía el desarrollo de servicios, por lo que las grandes urbes estaban divididas entre las zonas de los ricos, con servicios y comodidades, y la de los pobres, que eran insalubres y sucias. Lo anterior provocó una estratificación profunda y marcada:

  • División de la sociedad urbana
    • Alta: Políticos, militares e intelectuales.
    • Media: Artesanos, comerciantes y dueños de talleres.
    • Baja: Albañiles, cocineros, porteros, empedradores, etc. 
  • División de la sociedad rural
    • Alta: Grandes comerciantes, rancheros, ejidatarios y administradores.
    • Media: Tenderos, artesanos, trabajadores de minas y arrieros.
    • Baja: Indígenas.

A pesar de que la constitución proclamaba la igualdad, la realidad era que no se permitía el voto a los sirvientes y se marginaba a la clase baja por su “tendencia” al bandolerismo. El gobierno no hacía nada para eliminar la pobreza o desenmascarar a los jefes de las bandas de ladrones, que muchas veces eran los mismos hacendados o los cabecillas militares.

Ámbito religioso

A pesar de ser libres de España, el catolicismo ya estaba arraigado en la sociedad; los hacendados y descendientes de los españoles no permitían ni concebían una república separada del clero.

Era tal el arraigo de la religión, que muchos de los nativos marginados la protegían con igual ahínco que las clases altas. La injerencia que mantenía la Iglesia sobre el pueblo y el gobierno era abrumadora, pues gracias a los privilegios que le fueron concedidos por la corona española, no solo tenía mayor cantidad de propiedades que el Estado, sino que además tenía la responsabilidad de brindar educación, la cual era exclusiva para los hijos de los acomodados.

Consumada la gesta de la independencia, la historia del México post-independiente es dolorosa y problemática. A las innumerables pérdidas de vidas humanas, habría que añadir el desplome de la economía abatida por los muchos años de guerra, minas destruidas, comercio debilitado y desarticulado, agricultura escasa en capital y mano de obra y, por supuesto, una identidad nacional fragmentada y con poco arraigo.

La acentuada división étnica, la desigualdad económica y social; las salvajes ambiciones militares y caudillismo; la profunda rivalidad política y la acometida del imperialismo fueron los factores detonantes en la generación de nuevos proyectos encaminados a cambiar la realidad del país. Algunos revivían aspectos de la colonia, mientras que otros acentuaban cambios profundos que evitarían que el país se desmoronara y que, pese a todos los problemas, internos y externos, México se consolidara como una nación independiente, cimentada en una república asentada en leyes, con un espíritu nacionalista y un estado fortalecido.

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Eutanasia: ¿legislar a favor o en contra? https://www.iexe.edu.mx/derecho/eutanasia-legislar-a-favor-o-en-contra/ https://www.iexe.edu.mx/derecho/eutanasia-legislar-a-favor-o-en-contra/#comments Fri, 03 Sep 2021 23:59:06 +0000 https://iexe.edu.mx/?p=1097 Piensa en una mujer con cáncer de mama, quien a causa de este tiene metástasis cerebral...

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Piensa en una mujer con cáncer de mama, quien a causa de este tiene metástasis cerebral, pues los tratamientos no fueron efectivos, sin la posibilidad de la eutanasia legal. De un día para otro, comienza a tirar todo lo que intenta agarrar, el celular, la taza para el café, los libros…

El médico le da a la paciente tres meses de vida, pero puede ser más o puede ser menos. Resulta entonces que su agonía se prolonga un año, sus familiares la ven como una vela que poco a poco se va apagando, mientras ella ha dejado de disfrutar lo que anteriormente le daba placer o, simplemente, sentido a su vida. Aun cuando recibe tratamiento paliativo, sabe que en algún momento dejará de comer de forma natural, probablemente lo haga mediante una sonda nasogástrica o por un tubo flexible a través de la pared abdominal, sabe que no podrá respirar y terminará muriendo asfixiada si no la conectan a un respirador.

Esa es solo una parte del martirio soportado por la mujer, pues cualquier persona que deje de moverse y adelgace de manera constante durante tres meses, está condenada también a las llagas y otros detalles no menos incómodos que, sin lugar a duda, «restan» dignidad a su vida. Esta persona prefiere morir que seguir viviendo de esta manera; no obstante, requiere ayuda para asegurar una muerte tranquila si lo decide así. En México, como en muchos países del globo esta ayuda es negada.

De acuerdo con la Ley General de Salud «Queda prohibida, la práctica de la eutanasia, entendida como homicidio por piedad, así como el suicidio asistido conforme lo señala el Código Penal Federal, bajo amparo de esta ley. En tal caso se estará a lo que señalan las disposiciones penales aplicables […]» (H. Congreso de la Unión, 2020, p. 78).

La eutanasia y el suicidio asistido son dos variantes de la muerte médicamente asistida. En la primera, el médico es quien termina con la vida del paciente que prefiere morir a vivir con el sufrimiento –el cual no tiene alivio– causado por su enfermedad –la cual no tiene cura–; por su parte, en el segundo, el auxilio del médico se limita a brindar al paciente los medios para que este sea quien cause su muerte (Álvarez, 2018).

A favor y en contra de la eutanasia

Existen argumentos predominantes entre quienes se muestran a favor y en contra de la eutanasia. Quienes están convencidos de la necesidad de esta práctica, sostienen que debe permitirse al paciente finiquitar sufrimientos innecesarios y degradantes que no le permitan llevar una vida digna, de manera que se evite ser sometido a un encarnizamiento terapéutico, derivado de los avances de la ciencia médica y el deseo de los médicos de conservar con vida a quien carece de esperanza alguna para recuperarse (Herrera, s.f.).

En el lado opuesto, se congregan dos argumentos en contra: por un lado, el médico tiene como encomienda salvar vidas, no destruirlas y, por el otro, legalizar la eutanasia podría tener como consecuencia la comisión de actos criminales en pacientes que no han externado su consentimiento o son incapaces de expresar su deseo de morir (Herrera, s.f.).

Hoy en día, la eutanasia es legal únicamente en Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá y Colombia, aunque en todos, cada norma tiene un tenor distinto. Por ejemplo, en Holanda, es aplicada a enfermos con dolor insoportable e irreversible, siendo el paciente quien hace la petición a su médico; mientras que, en Bélgica, puede aplicarse a cualquier edad, mediando consentimiento paterno, y hasta en casos de sufrimiento psíquico irreversible (RVTE, 11 de febrero de 2020).

Principios éticos involucrados

Hay dos principios éticos involucrados y contrapuestos en el debate en torno a la eutanasia: el de autonomía y el de beneficencia. El principio de autonomía alude al derecho que tiene la persona de decidir sobre su cuerpo, abarcando cómo y cuándo morir. El principio de beneficencia refiere a que solo el médico posee la potestad de los tratamientos convenientes para sus pacientes (Comisión Nacional de Arbitraje Médico, 2017).

Además de tales principios, la visión religiosa ha sido un elemento fundamental en el debate, la cual, se fundamenta en el supuesto de que Dios, o la voluntad de este, solo puede crear y quitar la vida. Respecto a lo anterior, debe subrayarse que, en una sociedad como la nuestra, laica y plural, no pueden delinearse políticas públicas destinadas a toda la población con base en creencias religiosas compartidas solo por una parte de esta (Álvarez, 2014).

En sí, el debate no debería centrarse en si se debe legislar o no en la materia, sino en aspectos clave a definir respecto a su puesta en marcha (Álvarez, 2014; de la Cruz, 2019; Moreno y Segovia, 2019):

  • ¿Qué pacientes podrían o deberían recibir ayuda para morir?
  • ¿Deberían contemplarse únicamente enfermos terminales o también pacientes con una condición médica incurable?
  • ¿Se podría apoyar a menores en quienes se reconozca la capacidad de decidir?
  • ¿Se incluirían pacientes con demencia que aún mantienen su capacidad mental?
  • ¿Además de la eutanasia, se debe considerar el suicidio médicamente asistido?
  • ¿Cómo controlar estas prácticas para evitar que se cometan abusos?

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Proceso electoral 2018. ¿Qué cargos vamos a elegir? https://www.iexe.edu.mx/derecho/proceso-electoral-2018-que-cargos-vamos-a-elegir/ https://www.iexe.edu.mx/derecho/proceso-electoral-2018-que-cargos-vamos-a-elegir/#respond Mon, 30 Aug 2021 23:01:36 +0000 https://iexe.edu.mx/?p=926 Las elecciones de 2018 están cada vez más cerca y serán las más grandes en la historia democrática del país...

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Las elecciones de 2018 están cada vez más cerca y serán las más grandes en la historia democrática del país. El INE dio a conocer que se renovarán 3 mil, 416 cargos de elección popular, entre ellos la Presidencia de la República y a los integrantes del Congreso de la Unión. La siguiente infografía contiene algunos números para tomar en cuenta rumbo al proceso electoral 2017-2018.

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Derechos de la comunidad LGBT+; el camino hacia una política de igualdad y diversidad https://www.iexe.edu.mx/derecho/derechos-de-la-comunidad-lgbt-el-camino-hacia-una-politica-de-igualdad-y-diversidad/ https://www.iexe.edu.mx/derecho/derechos-de-la-comunidad-lgbt-el-camino-hacia-una-politica-de-igualdad-y-diversidad/#respond Thu, 19 Aug 2021 22:09:11 +0000 https://iexe.edu.mx/?p=782 Serie: Políticas públicas y diversidad: el caso de la comunidad LGBT+

Algunos antecedentes históricos de lucha…

“¡No hay libertad política si no hay libertad sexual!” y “¡Sin libertad sexual no habrá liberación social!” fueron las consignas que inundaron las calles aledañas al Ángel de la Independencia y el Paseo de la Reforma a finales de este mes pero de 1979 (Secretaría de Cultura...

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Serie: Políticas públicas y diversidad: el caso de la comunidad LGBT+

Algunos antecedentes históricos de lucha…

“¡No hay libertad política si no hay libertad sexual!” y “¡Sin libertad sexual no habrá liberación social!” fueron las consignas que inundaron las calles aledañas al Ángel de la Independencia y el Paseo de la Reforma a finales de este mes pero de 1979 (Secretaría de Cultura, 2019).

Históricamente, las luchas políticas de unos son plataformas que coadyuvan a las de otros grupos para visibilizar y posicionar sus propias demandas. En 1978 esto fue lo que pasó en la marcha del 25 aniversario de la Revolución Cubana cuando el Frente de Liberación Homosexual de México decidió unirse al acto (Secretaría de Cultura, 2019). Su presencia en aquel evento y otros posteriores, marcaron un hito para la lucha por los derechos de la comunidad LGBTTTIQ y las bases de la marcha del Orgullo que se celebra en junio.

Fuente: Pacheco (2012).

El preámbulo: derechos y vicisitudes…

Como se sabe, las políticas públicas suponen un camino hacia la resolución de demandas y problemas públicos que se originan en la vida diaria de la población. A menudo dichos problemas se asocian con la tutela de derechos que exigen ser garantizados y promovidos para el bienestar de la ciudadanía. En este contexto ¿qué tipo de demandas y condiciones específicas tiene la comunidad LGBT+ que requieren atención especial por parte de los gobiernos? ¿cuáles son los derechos de la comunidad LGBT+ y por qué requiere de políticas públicas específicas?

La comunidad LGBT+ tiene diversas características (como cualquier persona) e integrantes que ejercen y encarnan su identidad personal, afectiva y sexual de manera distinta a la heteronormada[1]. Como colectivo, tienen en común las sanciones sociales (económicas, jurídicas y culturales) que derivan de la “desobediencia” a dicha norma.

Escenarios lamentables como los crímenes de odio; la separación de familias homoparentales; la discriminación en razón de género; homofobia, lesbofobia y transfobia en lugares públicos, espacios laborales, educativos, entre otros; son sólo algunos de los problemas (públicos) que enfrenta la comunidad… afectando no sólo sus condiciones de vida y garantía de sus derechos humanos sino, en ocasiones, su propia existencia.

El derecho a la integridad personal, el derecho al libre ejercicio y expresión de su sexualidad, el derecho a la libre determinación, los derechos civiles y políticos y otro sinfín de derechos, se ponen en riesgo cada día que una persona de la comunidad LGBT+ no es reconocida en un marco de diversidad e igualdad.

Fuente: Ventas (2016).

Frente aquella situación, la creación de políticas públicas que atiendan el problema de la discriminación por causas de género y preferencia sexual a la que son sometida las personas de la comunidad LGBT+ es una necesidad imperativa, que genera una ventana de oportunidad para erradicar la violencia de la que ha sido objeto en casi todas (si no es que en todas) las sociedades.

Si bien son numerosos los ámbitos y ejes desde los cuales es posible y deseable una intervención, en materia de derechos civiles y políticos, el tema más visible es el matrimonio igualitario y la adopción por parte de parejas homoparentales. Su incorporación en la ley como una figura jurídica significa el reconocimiento de derechos por parte del Estado y la sociedad y, con ello, la posibilidad de su efectivo ejercicio, garantía, protección y promoción.

Aunque al día de hoy, hay avances importantes para la comunidad LGBT+ en materia de normatividad federal, aún existen temas pendientes y esenciales para garantizar el respeto y ejercicio pleno de sus derechos humanos, principalmente en el diseño e implementación de políticas públicas transformativas, en lugar de neutras a la identidad de género, que contribuyan a eliminar la discriminación y el acoso por identidad o expresión de género.

En artículos subsecuentes, te compartiremos más información que de cuenta del estado de las políticas públicas para la comunidad LGBT+, los avances, pendientes, así como conceptos clave que explican y fundamental su importancia.

Notas

[1] La heteronorma refiere a una serie de pautas y leyes que establecen o regulan la manera en que deben comportarse hombres y mujeres para el funcionamiento de la sociedad a través de roles y estereotipos tradicionales de género, que operan en todos los espacios de la vida privada y pública. Esta, atraviesa diversos espacios y prácticas cotidianas de las personas que van desde la expresión de su identidad de género, preferencia sexual, entre otras; hasta ámbitos como el económico, el cultural y el social.

Referencias

Pacheco, B. (6 de junio de 2012). Orgullo LGBT en la Ciudad de México: ¿Fiesta o Política? Obtenido de GLAAD: https://www.glaad.org/blog/orgullo-lgbt-en-la-ciudad-de-m%C3%A9xico-%C2%BFfiesta-o-pol%C3%ADtica

Secretaría de Culturla. (26 de junio de 2019). Breve historia de la primera marcha LGBT+ de México. Obtenido de Blog- Secretaria de Cultura: https://www.gob.mx/cultura/es/articulos/breve-historia-de-la-primera-marcha-lgbttti-de-mexico?idiom=es

Ventas, L. (12 de diciembre de 2016). 6 mujeres transgénero exitosas que rompen moldes en América Latina. (B. News, Editor) Obtenido de BBC News: https://www.bbc.com/mundo/noticias-37961614

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