La vida, pasión y muerte de Jesús de Nazaret, Jesucristo o Cristo, es conocido universalmente y considerado uno de los hechos históricos más importantes de la humanidad y tuvo que ver con el juicio de Jesús, probablemente uno de los más transcendentales en la historia de la humanidad.
Desde el punto de vista teológico, la pasión, muerte y resurrección de Cristo, como sucedió según la literatura histórica, consumó “la redención de los pecados del mundo”, hecho que, las religiones Abrahámicas, estiman como un plan decidido por Dios.
Sin embargo, dejando de lado la teología, desde el punto de vista del derecho procesal, el jurista Ignacio Burgoa Orihuela opina que en el proceso que se le siguió a Jesús, ocurrieron una serie de elementos violatorios al debido proceso legal que culminó con la ejecución de una pena de muerte.
En la doctrina mexicana, se entiende por debido proceso el conjunto de condiciones y requisitos de carácter jurídico y procesal que son necesarios para poder afectar legalmente los derechos de los gobernados (Zamudio, 1999).
Los derechos fundamentales particulares relacionados con y derivados del debido proceso son: acción judicial y acceso a los tribunales; derecho a un juicio justo y público; defensa; derecho a la prueba directa o contraprueba de lo que se acusa; independencia e imparcialidad de los jueces; discusión de los asuntos prevalentemente orales; audiencia pública; impugnaciones; amparo; entre otros.
Jesús fue un predicador nacido en la provincia de Judea, que creció en el seno de una familia judía en un período en el que la tierra de Israel se encontraba conquistada por el Imperio romano, bajo el mando de Tiberio Julio César.
En aquella época, el Imperio romano concedía a las autoridades religiosas judías, (conocidas como el sanedrín, conformado por 71 miembros del pueblo de Israel) el derecho de administrar justicia entre el pueblo según sus propias leyes, pero no les confería el derecho legal para ejecutar a los delincuentes y solo tenía poder para castigar la blasfemia mediante lapidación, decapitación y degüello.
Según el relato bíblico, fue el sanedrín quien arrestó a Jesús, debido a que a estos les incomodaba la predicación de Jesús.
Cuando arrestaron a Jesús, nadie había imputado cargos en su contra. Fue hasta que lo detuvieron que los sacerdotes y el Sanedrín buscaron testigos:
Y los principales sacerdotes y todo el Concilio[a] procuraban obtener falso testimonio contra Él, con el fin de dar muerte a Jesús, y no lo hallaron a pesar de que se presentaron muchos falsos testigos. Pero más tarde se presentaron dos. Mateo 26:59
Burgoa Orihuela señala que los procesos de este tipo eran sometidos a la jurisdicción del sanedrín, que hacía la función de juez en cada ciudad de la tierra de Israel.
De acuerdo con el jurista, los procesos judíos integraban los principios de:
Jesús fue acusado y procesado por el sanedrín por delitos religiosos, específicamente por sacrilegio o profanación de lo sagrado. En el orden jurídico hebreo, este delito era sancionado con la pena de muerte por crucifixión.
Burgoa señala que se violaron los principios de diurnidad y de publicidad, debido a que el proceso y la sentencia no fueron realizados durante el día en la plaza pública, sino que se hicieron durante la noche en la casa de Anás e interrogado además por Caifás, sumos sacerdotes.
Asimismo, se violó el principio de misma pena para falso testimonio debido a que Nicodemo, otro miembro del sanedrín, habría interrogado minuciosamente a los dos testigos presentados contra Jesús, haciéndolos caer en contradicciones y, a pesar de ello, estos habrían logrado escapar sin merecer la pena correspondiente por testificar calumniosamente (Mateo 26: 61-68).
Al encontrarse bajo el régimen del Imperio romano, las sentencias de muerte debían ser homologadas por el gobernador designado por el emperador en la provincia respectiva, según lo señalado por el derecho romano, que en ese momento era Poncio Pilatos. Así, una vez sentenciado, Jesús fue llevado ante la presencia de Pilatos, a efecto de que éste homologara la sanción impuesta por el sanedrín y ordenara su ejecución.
El autor señala a este segundo suceso como el segundo proceso al que fue sometido Jesús. En un primer momento, Pilatos se negaba a dictar la sanción impuesta por el sanedrín, debido a que no estaba convencido de la culpabilidad del imputado. Dado lo anterior, Pilatos determinó no resolver este asunto, alegando que, al ser Jesús un galileo, la sanción correspondía al tetrarca de Galilea, Herodes Antipas, quien era hijo de Herodes I.
Herodes recibió a Jesús, pero únicamente se burló de él, según el relato bíblico, al considerarlo como un loco, y, por este mismo motivo, se negó a juzgarlo. Así, la incompetencia de dictar sanción por razón de territorio no surtió efecto para Pilatos por lo que tuvo que recibir a Jesús nuevamente.
Pilatos ordenó flagelar al imputado y ponerle una corona de espinas a efecto de poder “sancionar” a Jesús como lo buscaba el sanedrín, sin embargo, el pueblo exigiría la pena capital.
Al verse presionado tanto por las autoridades religiosas como por el pueblo, Pilatos sentenció que Jesús era culpable del delito de subversión contra el imperio romano, debido a que se autonombró “rey de los judíos”, que resultaba ajeno al orden establecido por el imperio de Tiberio Julio César. En consecuencia, Pilatos ordenó ejecutar la pena de muerte por crucifixión no sin antes lavarse las manos e indicar que dicha muerte no sería su responsabilidad.
Burgoa señala que el delito por el que finalmente se crucificó a Jesús fue por el de subversión[1] y no por el de sacrilegio, es decir, murió a causa de un delito político y no por un delito religioso como pretendía el sanedrín, y esto se consta pues, de acuerdo con la tradición romana, en la cruz del sentenciado se colocaba el titulus, una tablilla en la que se especificaba el motivo de la condena. En este caso, Pilatos ordenó poner en la cruz de Jesús la inscripción de “Jesús de Nazaret, rey de los judíos”, con lo cual se hizo referencia al delito político por el cual Pilatos lo sentenció a muerte.
El jurista determina que fue un juicio que se oponía por completo a las reglas de la ley hebrea y a los principios de justicia y que el proceso estuvo lleno de ilegalidades e irregularidades que el resultado fue, “a todas luces” una violación al debido proceso que se establecía en aquella época.
Desde el punto de vista contemporáneo, el juicio de Jesús puede tener un acercamiento actual para su estudio.
[1] Subversivo, subversiva: adjetivo. Que pretende alterar el orden social o destruir la estabilidad política de un país.
Burgoa, I; (2001). Proceso de Cristo. México: Porrúa.
Nueva biblia de las Américas (2020) Evangelio de Mateo. Disponible en: https://www.biblegateway.com/versions/Nueva-Biblia-de-las-Am%C3%A9ricas-NBLA/
Oxford Languages (2020). Léxico. Disponible en: https://www.lexico.com/es
Zamudio, H. (1999). Debido proceso legal, Diccionario Jurídico Mexicano, México: Porrúa. Pág. 820 – 822.
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Excelente!!
Jesús fue acusado y procesado por el sanedrín por delitos religiosos, específicamente por sacrilegio o profanación de lo sagrado. En el orden jurídico hebreo, este delito era sancionado con la pena de muerte por crucifixión.
Esta frase es falsa y basado en un esconocimiento de la ley judia. La crucifixion es una forma de sentencia romana, no judia, que es la lapidacion.
Se aplico la Lex Iulia Maiestatis, ley romana, yo hice mi Tesis para optar al titulo de abogado en este juicio
muy interesante el punto de vista
cuales fueron los 7 lugares (monumentos) del juicio de jesus??
Estimado Gabriel, si leemos bien el contenido en los párrafos siguientes sí hace mención a lo que bien señala. Transcribo: “Burgoa señala que el delito por el que finalmente se crucificó a Jesús fue por el de subversión[1] y no por el de sacrilegio, es decir, murió a causa de un delito político y no por un delito religioso como pretendía el sanedrín, y esto se consta pues, de acuerdo con la tradición romana, en la cruz del sentenciado se colocaba el titulus, una tablilla en la que se especificaba el motivo de la condena. En este caso, Pilatos ordenó poner en la cruz de Jesús la inscripción de “Jesús de Nazaret, rey de los judíos”, con lo cual se hizo referencia al delito político por el cual Pilatos lo sentenció a muerte”. Pienso que el párrafo al que hace referencia podría derivarse de una mala edición. Saludos.
Interesante, Pilatos debió juzgarlo presionado, la crucifixión fue una sentencia de la ley romana, por tanto a cargo de funcionarios romanos, si Pilatos estaba convencido de su inocencia, bien pudo simular una ejecución que explica la desaparición de su cuerpo
el sanedrín solo podía apedrear, asi la muerte del “hermano” de Jesús, no se especifica juicio alguno, la muerte en cruz era solo Romana por delitos de Lesa Humanidad, o sea contra el Imperio y eran también ejecutados los participantes en revueltas contra el Imperio. Muchas veces la crucificaron se ejecutaba sin previo juicio.
Me interesa el tema dado que estoy viendo la causas en comparación con la muerte de Sócrates, gracias.
Muchas gracias por tus comentarios Franyutti.
Hay muchos errores históricos en tu escrito, la parte de: ¨Jesús fue acusado y procesado por el sanedrín por delitos religiosos, específicamente por sacrilegio o profanación de lo sagrado. En el orden jurídico hebreo, este delito era sancionado con la pena de muerte por crucifixión¨….esto es falso, si hubiera sido condenado por la ley judía Jesús hubiera muerto apedreado o ahorcado, sin embargo fue crucificado, la cual es una pena de muerte ROMANA mas no Judía, los romanos condenaron a muerte a Jesús por atentar contra el Imperio Romano al autodenominarse Mesias; hay que leer mas historia acerca de los castigos del Siglo 1 en Judea y Roma.
Muchas gracias por tu Feedback Christian, es esta comunidad con distintas perspectivas lo que hace interesante el diálogo.
Excelente tema, mis más sinceras felicitaciones por subir este tipo de Juicio, yo creo que se debe estudiar este tema en la materia de Derecho Romano, en las facultades de Derecho, puramente desde el punto de vista Jurídico-Legal, tomando en cuenta la ley judía y el Derecho Romano.
Muchas gracias por tus comentarios Diego, es un placer que el contenido que generamos para ustedes sea de su agrado.
Interesante el tema no hace falta abundar en cuanto alo jiridico ya q el jurista Burgoa es un erudito en materia juridica lo mas maravilloso es el cumplimiento de la profecia q jesucristo como cordero mudo fue llevado al matadero y se le violaron todas sus garantias individuales por q el mismo se entrego para darmos salvacion y llevarnos de las tinieblas a su luz admirable y dandonos salvacion a travez de las tres llaves q le dio a pedro arrepentimiento bautismo en el nombre de jesucristo y la llenura del espiritu santo
Soy de Venezuela, Abogado y Cristiano ecumenico, considero el analisis del tema excelente, sin embargo, cuando pedro le dijo a jesus, que no muriera por los pecadpres el le dijo; Apartate de mi Satanas, igualmente en el monte de los Olivos, jesus oraba y sudaba como sangre, sabiendo lo que tenia que padecer y dijo, Señor si es posible pasa de mi esta copa, pero que no se haga mi volubtad, sino la tuya. que podemos analizar en este caso, Dentro del plan de salvacion, el cordero de Dios, osea jesus, debia derramar su sangre por nuestros pecados. Soy ecumenico porque no creo en los divisionistas de la iglesia o cuerpo de jesucristo, ha y 38.000, religiones cristianas diferentes, es inaceptable.
Sugiero corregir: Los hebreos no consideraban la crucifixión como pena de muerte. Eso es asuto romano.
Muchas gracias por tus comentarios Carlos, le haré la observación al autor.